lunes, 30 de enero de 2017

Consagrado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su articulo 115:
"Se garantiza el derecho de propiedad. Toda persona tiene derecho al  uso, goce, disfrute y disposición de sus bienes. La propiedad estará sometida a las  contribuciones, restricciones  y obligaciones  que  establezca la ley con fines  de  utilidad pública o de  interés general.  Sólo  por  causa  de  utilidad pública o interés social, mediante sentencia firme y pago oportuno de justa  indemnización,  podrá ser  declarada la  expropiación de cualquier clase  de  bienes"

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